Teodoro Rentería Arróyave
UNDÉCIMA PARTE
Retomamos la serie: “TODA INICIATIVA A FAVOR DEL GREMIO PERIODÍSTICO, ES BIENVENIDA”, hemos incluido a manera de colofón, salvo que se presenten otras, la ya clásica “AGENDA LEGISLATIVA PENDIENTE DEL PERIODISTA EN MÉXICO”, misma que actualizada este viernes 18 de marzo, por su profundo y trascendente contenido continuamos en su trascripción, ahora con el rubro marcado con el numeral tres:
3.- Sistema Nacional para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos
y Periodistas
Anteriormente, la Ley de Periodismo de Alto Riesgo o Protocolos de Protección del Periodista, fue aprobada por el Congreso de la Unión como Ley de Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas. Después de algún tiempo fue promulgada por el jefe del Ejecutivo Federal. Siempre faltó la instrumentación correcta, puesto que los integrantes del Consejo del Mecanismo de Protección de Defensores de Derechos Humanos y Periodistas siempre han estado en la polémica por su actuación.
Ante ello, es urgente la creación de un ente que garantice la autonomía, la evaluación entre pares para una rápida respuesta a las solicitudes de protección; nos adherimos, por tanto, a la propuesta del Sistema Nacional para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, de acuerdo con la iniciativa de reforma presentada en el Cámara de Diputados que a la letra indica:
DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 6 Y 73 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS en la forma siguiente:
PRIMERO. Se reforma el segundo párrafo del artículo 6º y se agrega una fracción XXXI al artículo 73, recorriéndose la subsiguiente, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 6o. ...Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión. La Federación, las entidades federativas, los municipios y alcaldías de la Ciudad de México se coordinarán para garantizar la integridad física de las y los comunicadores, de las y los defensores de los derechos humanos, así como la libertad de prensa, para lo cual se crea el Sistema Nacional de Protección a Periodistas y Defensores de Derechos Humanos, el cual contará con un órgano técnico, descentralizado de la Administración Pública Federal con personalidad jurídica y patrimonio propio.
Asimismo, proponemos el impulso en las entidades federativas para homologar la norma federal y crear los sistemas estatales correspondientes.
En la siguiente entrega nos referiremos al punto 4.- Elevar a rango constitucional el Secreto Profesional de los Periodistas, esta exigencia de garantía es una lucha de años, es de apuntarse que ya lo logramos en la Constituciones de los Estados de Morelos, Chihuahua y la primigenia de la Ciudad de México; en el Estado de Colima está contemplado en la Ley para la Protección Integral del Ejercicio Periodístico. CONTINUARÁ.
Periodista y escritor; presidente del Colegio Nacional de Licenciados en Periodismo, CONALIPE; secretario de Desarrollo Social de la Federación Latinoamericana de Periodistas, FELAP; presidente fundador y vitalicio honorario de la Federación de Asociaciones de Periodistas Mexicanos, FAPERMEX, miembro del Consejo Consultivo permanente del Club Primera Plana, Doctor Honoris Causa por la Universidad Internacional y Académico de Número de la Academia Nacional de Historia y Geografía, ANHG. Agradeceré sus comentarios y críticas en teodororenteriaa@gmail.com Nos escuchamos en las frecuencias en toda la República de Libertas Radio. Le invitamos a visitar: www.felap.info, www.ciap-felap.org, www.fapermex.org, y www.clubprimeraplana.org, y el portal irradia noticias.com
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