jueves, 15 de noviembre de 2018
SCJN invalida Ley de Seguridad Interior
Por Gustavo Rentería a las 20:11 archivado en Gobierno | Comentarios : 0
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió hoy, por nueve votos a favor y uno en contra, declarar inconstitucional la Ley de Seguridad Interior, que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre del año pasado.
A excepción del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien presentó el proyecto de sentencia que declara constitucional la normativa, el resto de sus compañeros en el pleno se manifestaron en contra de esa legislación.
Se pronunciaron por la inconstitucionalidad total de la Ley de Seguridad Interior los ministros Eduardo Medina Mora, José Ramón Cossío Díaz, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Norma Piña Hernández, Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek, José Fernando Franco González Salas, y Luis María Aguilar Morales.
La ministra Margarita Luna Ramos se pronunció por la inconstitucionalidad de la Ley de Seguridad Interior, pero ya no votó porque tuvo que abandonar la sesión antes de que terminara.
Esta legislación pretendía regular la actuación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad, pero nunca fue aplicada porque diputados federales, senadores y algunos organismos de derechos humanos y partidos políticos presentaron acciones de inconstitucionalidad contra ella.
Durante la discusión, que se extendió por tres sesiones, tres de los 11 ministros manifestaron que el Congreso de la Unión sí tiene facultades para legislar en materia de seguridad interior, mientras que ocho señalaron que no, ya que es algo reservado al presidente de la República.
Varios ministros también dijeron que, en el modelo Constitucional actual, la intervención militar en el combate a la delincuencia sí es posible por orden del Ejecutivo, pero tendría que ser excepcional, temporal, fundada y motivada, y bajo mando civil.
El presidente del alto tribunal, Luis María Aguilar Morales, coincidió que el Congreso de la Unión sí tiene facultades para legislar sobre el tema, pero señaló que la emisión de esa ley tiene vicios de origen, por lo que se debe declarar inconstitucional en su totalidad, pues de lo contrario, podría generar un mal mayor a las Fuerzas Armadas.
En tanto, la ministra Margarita Luna Ramos dijo que el Congreso de la Unión sí tiene facultades para legislar sobre el tema, pero manifestó estar en contra de que las Fuerzas Armadas lleven a cabo labores se seguridad en tiempos de paz.
A su vez, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena consideró que desde un plano meramente formal, existe competencia legislativa para regular la seguridad interior, sin embargo, se sumó en contra del proyecto, porque aseguró que la ley está viciada y porque no se realizó una consulta para pedir la opinión de los indígenas, por lo que se pronunció por la invalidez de la normatividad.
Fuente: Crónica.
A excepción del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien presentó el proyecto de sentencia que declara constitucional la normativa, el resto de sus compañeros en el pleno se manifestaron en contra de esa legislación.
Se pronunciaron por la inconstitucionalidad total de la Ley de Seguridad Interior los ministros Eduardo Medina Mora, José Ramón Cossío Díaz, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Norma Piña Hernández, Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek, José Fernando Franco González Salas, y Luis María Aguilar Morales.
La ministra Margarita Luna Ramos se pronunció por la inconstitucionalidad de la Ley de Seguridad Interior, pero ya no votó porque tuvo que abandonar la sesión antes de que terminara.
Esta legislación pretendía regular la actuación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad, pero nunca fue aplicada porque diputados federales, senadores y algunos organismos de derechos humanos y partidos políticos presentaron acciones de inconstitucionalidad contra ella.
Durante la discusión, que se extendió por tres sesiones, tres de los 11 ministros manifestaron que el Congreso de la Unión sí tiene facultades para legislar en materia de seguridad interior, mientras que ocho señalaron que no, ya que es algo reservado al presidente de la República.
Varios ministros también dijeron que, en el modelo Constitucional actual, la intervención militar en el combate a la delincuencia sí es posible por orden del Ejecutivo, pero tendría que ser excepcional, temporal, fundada y motivada, y bajo mando civil.
El presidente del alto tribunal, Luis María Aguilar Morales, coincidió que el Congreso de la Unión sí tiene facultades para legislar sobre el tema, pero señaló que la emisión de esa ley tiene vicios de origen, por lo que se debe declarar inconstitucional en su totalidad, pues de lo contrario, podría generar un mal mayor a las Fuerzas Armadas.
En tanto, la ministra Margarita Luna Ramos dijo que el Congreso de la Unión sí tiene facultades para legislar sobre el tema, pero manifestó estar en contra de que las Fuerzas Armadas lleven a cabo labores se seguridad en tiempos de paz.
A su vez, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena consideró que desde un plano meramente formal, existe competencia legislativa para regular la seguridad interior, sin embargo, se sumó en contra del proyecto, porque aseguró que la ley está viciada y porque no se realizó una consulta para pedir la opinión de los indígenas, por lo que se pronunció por la invalidez de la normatividad.
Fuente: Crónica.
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