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jueves, 2 de febrero de 2023

Astrolabio Político / Residencia efectiva

 


Por Luis Ramírez Baqueiro


“Vuestro honor no lo constituirá vuestro origen, sino vuestro fin.” – Friedrich Nietzsche.

 

La controversia generada por el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respecto a la controversia constitucional promovida por PAN y PRD a la modificación del artículo 11 de la Constitución de Veracruz ha dejado muchas reflexiones.

De primera mano, no faltaron aquellos que acusan incapacidad de los legisladores locales al recibir un nuevo revés por parte de la SCJN, olvidando que, en muchos de los Congresos Locales, las iniciativas que se discuten y aprueban no provienen propiamente del trabajo desarrollado por los representantes populares, sino de la facultad que tienen los Ejecutivos para presentar iniciativas.

Dicha acción por lo regular tiende a ser preferente, y son siempre estás iniciativas las que se discuten, analizan y aprueban en el Congreso Local.

Los detractores de la 4T habrán de seguir con esa cantaleta, para denunciar que el error obedece a las y los diputados, cuando en la realidad, el grave hierro proviene del área jurídica del Ejecutivo que presenta las iniciativas, muchas veces a sugerencia de quien se dice ser el responsable del control político interior, es decir de la Secretaría de Gobierno y su área jurídica.

Pero continuando con las reflexiones que este fallo ha provocado, es evidenciar la malquerencia que entre mexicanos se tiene por el tema de la vecindad y el origen, y especialmente cuando de política se trata, pues de inmediato los oponentes buscan arrojar dicha condicionante al rostro del oponente, sin mediar que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, faculta a cualquier mexicano nacido en México a ocupar cualquier cargo público, siempre y cuando cumpla con ciertos criterios, entre ellos, el de la “vecindad”.

Aquí cabría aplicar aquella frase de la famosa cantante Chavela Vargas, “los mexicanos nacemos donde nos da la rechingada gana” sobre todo, cuando se ha venido fustigando específicamente a la hoy secretaria de Energía, Rocío Nahle García.

Quién siendo mexicana de nacimiento –zacatecana de origen- es y ha sido representante popular de Veracruz, su estado de adopción, como diputada federal y senadora con licencia.

Pero más allá de toda esta controversia y en pleno cumplimiento a lo que la misma Constitución Política de nuestro país señala, Nahle García, cumple a cabalidad con el criterio de vecindad para poder concursar en la posibilidad de ser candidata al Gobierno de Veracruz en el 2024.

Según la Carta Magna en su artículo 116 Fracción I, párrafo IV que a la letra dice: “Sólo podrá ser gobernador constitucional de un Estado un ciudadano mexicano por nacimiento y nativo de él, o con residencia efectiva no menor de cinco años inmediatamente anteriores al día de los comicios, y tener 30 años cumplidos el día de la elección, o menos, si así lo establece la Constitución Política de la Entidad Federativa.”

Requisito que la hoy secretaría Nahle cumple plenamente.

Pero más aún, existe jurisprudencia al respecto, en el caso específico de la residencia efectiva la jurisprudencia señala:

“La Sala Superior de este Tribunal Electoral[10] ha sostenido que la residencia efectiva debe evidenciar, que entre el individuo y una determinada colectividad social establecida en cierto territorio se han creado lazos capaces de expresar una auténtica integración. En otras palabras, si la vida de una persona es percibida como parte de la realidad cotidiana en el entorno en el que se produce, porque vive, tiene intereses y vínculos con la comunidad de cierto lugar, puede afirmarse que su residencia habitual se encuentra en ese lugar.”

“En conclusión, por residencia efectiva debe entenderse el lugar donde la persona se ha establecido de manera habitual y constante, de manera que ha creado un vínculo sociológico por tener ahí sus intereses. Por tanto, para acreditar la residencia efectiva de una persona es indispensable demostrar esa situación de hecho, que revele que en determinado sitio la persona que se dice residente tiene su centro de vida habitual, por los nexos que lo vinculan a la comunidad y por los intereses personales que tenga.”

La senadora con licencia cuenta con 36 años de vida en el municipio de Coatzacoalcos, comprobable por tirios y troyanos, la campaña o intento de desprestigio vertida sobre ella carece de fundamento, inclusive resulta absurda y hasta hilarante pues la sociedad de la zona le reconoce y la acepta como vecina de la región.

Y para aquellos que acusen que por formar parte del Gabinete del presidente Andrés Manuel López Obrador y nunca se encuentra en la zona, excusa decirles que, a su paso por Tabasco para supervisar el desarrollo de Dos Bocas, toca tierra en Coatzacoalcos para supervisar su casa, de lo que la misma sociedad tiene conocimiento.

Se quiera o no, si Rocío Nahle es designada candidata al Gobierno de Veracruz, cumplirá con los criterios constitucionales para serlo.

 

Al tiempo.

 

astrolabiopoliticomx@gmail.com

Twitter: @LuisBaqueiro_mx

 

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